Leapp BV aplica los Términos Generales de Comercio Electrónico 2017. Lee estos términos generales detenidamente para que estés al tanto de tus derechos y obligaciones como cliente.
Artículo 1 Definiciones y disposiciones generales
- Empresa: la persona física o jurídica que actúa como vendedor en el marco de su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional y que es miembro de Techniek Nederland, o que está asociada a una organización comercial de empresas que es miembro de Techniek Nederland.
- Consumidor: la persona física que actúa como comprador para fines ajenos a su actividad comercial o profesional.
- Comisión de Conflictos Electro: Comisión de Conflictos Electro, Apartado de Correos 90.600, 2509 LP La Haya (www.degeschillencommissie.nl).
- La legislación neerlandesa se aplica exclusivamente al contrato entre la empresa y un comprador, al que se refieren estos términos generales.
- Los Términos Generales de Comercio Electrónico 2017 son completamente aplicables, salvo en la medida en que se acuerde lo contrario por escrito.
- Los artículos 8, 9, 10 y 11 no son aplicables a un contrato celebrado entre una empresa y un consumidor.
Artículo 2 Conformidad y garantía
Una garantía proporcionada por la empresa, el fabricante o el importador no afecta los derechos legales que el consumidor puede hacer valer con respecto a la empresa en virtud del contrato.
Artículo 3 Reserva de propiedad
La empresa sigue siendo propietaria del producto vendido mientras el comprador no haya cumplido completamente con sus obligaciones de pago, incluyendo lo que pueda deber en relación con el incumplimiento de sus obligaciones.
Artículo 4 Pago
- El comprador paga el precio de inmediato y en efectivo al momento de la entrega del producto, salvo que se acuerde lo contrario. Se incluye en el pago en efectivo también el depósito del monto adeudado en una cuenta bancaria indicada por la empresa.
- Los pagos realizados por el comprador se utilizan primero para cubrir los costos y los intereses adeudados y, después, para el pago de las deudas exigibles más antiguas, incluso si el comprador indica que el pago corresponde a una factura posterior.
Artículo 5 Términos
Si no se realiza la entrega a tiempo, la empresa solo estará en default después de que el comprador haya notificado por escrito a la empresa, a menos que haya una fecha de entrega fija (plazo fatal).
Artículo 6 Compra a prueba
En una compra a prueba, el producto es a riesgo del comprador desde el momento de la entrega.
Artículo 7 Entrega de productos
Si después de tres avisos escritos consecutivos, el último mediante carta certificada, de la empresa al comprador exigiendo su colaboración para la entrega del producto, el comprador no ha recogido o recibido el producto dentro de un mes, la empresa tiene derecho a rescindir el contrato y vender y entregar el producto a un tercero. Los daños sufridos por la empresa pueden ser compensados con el anticipo realizado por el consumidor. Los artículos 8, 9, 10 y 11 no son aplicables en un contrato celebrado entre una empresa y un consumidor.
Artículo 8 Aumento de precio
Si antes de la entrega del producto uno o más factores del costo sufren un aumento, la empresa tiene el derecho de cobrar al comprador los costos adicionales correspondientes.
Artículo 9 Cobro
Si el comprador se encuentra en incumplimiento y la empresa procede al cobro del monto adeudado, todos los costos asociados correrán a cargo del comprador, a menos que la empresa opte por determinar estos costos de manera forfaitaria en un 15% del monto a reclamar. Los daños por demora se fijan en el interés legal conforme al artículo 6:119a del Código Civil.
Artículo 10 Fuerza mayor
Se entiende por fuerza mayor también: el incumplimiento por parte de los proveedores de la empresa de sus obligaciones, dificultades de transporte, incendio, huelgas o interrupciones laborales, prohibiciones de importación o comercio.
Artículo 11 Indemnización
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La indemnización por daños sufridos por el comprador como consecuencia de un incumplimiento de la empresa se limitará a un máximo del precio del producto. Los daños indirectos y los daños por entrega tardía no son compensables.
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Se excluye el artículo 7:21 del Código Civil.
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El derecho a reclamar indemnización se extingue si el comprador no ha presentado una reclamación escrita y motivada a tiempo. En el caso de defectos visibles, esto debe hacerse dentro de 48 horas tras la entrega, y para todos los demás defectos, dentro de 14 días después de descubrir el daño.
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Los daños no son compensables si se hacen patentes más de 12 meses después de la entrega del producto al comprador.
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Los daños como consecuencia de trabajos de reparación/instalación (ya sea relacionado o no con lo vendido) no son compensables si se hacen patentes más de tres meses después de la ejecución de dichos trabajos.
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La empresa no está obligada a indemnizar al cliente por daños causados por fuerza mayor.
Artículo 12 Comisión de Conflictos Electro
- Los conflictos entre el consumidor y la empresa sobre la formación o ejecución del contrato relacionado con los servicios y bienes proporcionados por la empresa pueden ser presentados tanto por el consumidor como por la empresa ante la Comisión de Conflictos Electro.
- La Comisión de Conflictos Electro solo examinará un conflicto si el consumidor primero ha presentado su queja en un plazo razonable a la empresa.
- Si la queja no conduce a una solución, el conflicto debe ser presentado por escrito o en otra forma que determine la Comisión de Conflictos Electro a más tardar 12 meses después de la fecha en que el consumidor presentó la queja a la empresa.
- Cuando el consumidor presenta el conflicto ante la Comisión de Conflictos Electro, la empresa queda obligada por esta elección. Si la empresa desea presentar el conflicto ante la Comisión de Conflictos Electro, debe solicitar al consumidor por escrito o en otra forma apropiada que se pronuncie sobre si acepta esto dentro de cinco semanas. En esta solicitud, la empresa debe indicar que después de que transcurra el plazo mencionado se considera libre para presentar el conflicto ante el juez ordinario.
- La Comisión de Conflictos Electro emite su decisión de acuerdo con las disposiciones del reglamento que le sea aplicable. La decisión de la Comisión de Conflictos Electro se toma en forma de asesoramiento vinculante. Se debe pagar una tarifa por el tratamiento de un conflicto.
- Solo el juez ordinario o la Comisión de Conflictos Electro son competentes para conocer de un conflicto entre el consumidor y la empresa.
Artículo 13 Solución de conflictos por el juez
Para los conflictos que se presentan ante el juez, el tribunal del distrito de la empresa es competente.
Artículo 14 Garantía de cumplimiento
- Techniek Nederland garantiza al consumidor el cumplimiento por parte de la empresa de los asesoramientos vinculantes de la Comisión de Conflictos Electro. La garantía de cumplimiento se suspende si la empresa o el consumidor impugnan el asesoramiento vinculante ante el juez dentro de dos meses después de su envío por parte de la Comisión de Conflictos Electro. La garantía de cumplimiento se reestablece si el asesoramiento vinculante se mantiene tras el examen judicial y la sentencia que lo confirme ha adquirido fuerza de cosa juzgada.
- Para la garantía de cumplimiento de Techniek Nederland, existe un límite de 2.750 € por asesoramiento vinculante.
- Techniek Nederland ejecuta la garantía de cumplimiento bajo la condición de que el consumidor ceda su reclamación contra la empresa por un monto de hasta la cantidad a pagar a Techniek Nederland.
- En caso de suspensión de pagos, saneamiento de deudas, bancarrota o cierre de la empresa, la garantía de cumplimiento de Techniek Nederland no es aplicable, a menos que la Comisión de Conflictos Electro haya tratado el conflicto en sesión y haya emitido un fallo antes de la fecha de concesión de la suspensión de pagos, del inicio del saneamiento de deudas, de la declaración de bancarrota o del cese de las actividades comerciales.
- En caso de suspensión de pagos, saneamiento de deudas, bancarrota o cierre de la empresa, el total que Techniek Nederland debe pagar a los consumidores basado en la garantía de cumplimiento no excederá de 10.000 € por empresa. El tratamiento de las reclamaciones de los consumidores sobre la garantía de cumplimiento por parte de Techniek Nederland se llevará a cabo en el orden de recepción de la solicitud escrita de la garantía de cumplimiento.